Art. 68.tit_1
Medidas preliminares de control que la autoridad competente aplicará cuando se sospeche la presencia de una enfermedad de categoría B o C en Estados miembros o zonas a los que se haya concedido el estatus de libre de enfermedad
En vigor desde 17 dic 2019
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_del:2020:687:oj#art-68.tit_1