Art. 49 · Condiciones específicas para autorizar los desplazamientos de carne fresca y leche cruda obtenidos de animales en cautividad de especies de la lista desde establecimientos situados en la zona de vigilancia

Art. 49

Condiciones específicas para autorizar los desplazamientos de carne fresca y leche cruda obtenidos de animales en cautividad de especies de la lista desde establecimientos situados en la zona de vigilancia

En vigor desde 17 dic 2019
Artículo 49 Condiciones específicas para autorizar los desplazamientos de carne fresca y leche cruda obtenidos de animales en cautividad de especies de la lista desde establecimientos situados en la zona de vigilancia 1.   La autoridad competente podrá autorizar los desplazamientos de carne fresca y leche cruda obtenidas de animales de especies de la lista mantenidos en establecimientos situados en la zona de vigilancia si, o bien: a) la carne fresca o la leche cruda se trasladan a un establecimiento de transformación para ser objeto de uno de los tratamientos para reducir el riesgo estipulados en el anexo VII, o b) la carne fresca se obtiene de aves de corral. 2.   La autoridad competente velará por que la carne fresca y la leche cruda transportadas con arreglo al apartado 1, letra a), cumplan lo siguiente: a) la carne fresca se marque de acuerdo con el anexo IX cuando se obtenga en el matadero y mantenga dicha marca hasta su tratamiento, y b) el tratamiento se aplique en un establecimiento situado en la misma zona restringida o lo más cerca posible de la zona restringida y cuyas actividades estén supervisadas por veterinarios oficiales.
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