Art. 28.tit_1 · Condiciones generales para conceder excepciones a las prohibiciones en la zona de protección

Art. 28.tit_1

Condiciones generales para conceder excepciones a las prohibiciones en la zona de protección

En vigor desde 17 dic 2019
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2020:687:oj#art-28.tit_1