Art. 18.tit_1 · Medidas que deben aplicarse en los establecimientos y otros lugares pertinentes vinculados epidemiológicamente, incluidos los medios de transporte

Art. 18.tit_1

Medidas que deben aplicarse en los establecimientos y otros lugares pertinentes vinculados epidemiológicamente, incluidos los medios de transporte

En vigor desde 17 dic 2019
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