Art. 16
Excepciones y normas especiales para la limpieza y desinfección preliminares y el control de vectores preliminar
En vigor desde 17 dic 2019
Artículo 16
Excepciones y normas especiales para la limpieza y desinfección preliminares y el control de vectores preliminar
La autoridad competente podrá conceder excepciones al requisito relativo a la limpieza y desinfección y al control de insectos y roedores establecido en el artículo 15 en el caso de:
a)
pastos vinculados epidemiológicamente con el establecimiento afectado, en el marco de procedimientos específicos para garantizar la inactivación efectiva del agente patógeno de categoría A en cuestión, teniendo en cuenta el perfil de la enfermedad, el tipo de establecimiento y las condiciones climáticas, y
b)
el estiércol, incluidos las yacijas y el material de cama usado, del establecimiento afectado, en el marco de procedimientos específicos para garantizar la inactivación efectiva del agente patógeno de categoría A en cuestión, de acuerdo con datos científicos.
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