Art. 110.tit_1 · Medidas preliminares de control de enfermedades que deben aplicarse cuando la autoridad competente sospeche la presencia de una enfermedad de categoría B o C en Estados miembros, zonas o compartimentos que hayan recibido el estatus de libre de enfermedad

Art. 110.tit_1

Medidas preliminares de control de enfermedades que deben aplicarse cuando la autoridad competente sospeche la presencia de una enfermedad de categoría B o C en Estados miembros, zonas o compartimentos que hayan recibido el estatus de libre de enfermedad

En vigor desde 17 dic 2019
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