Art. 1
Objeto y ámbito de aplicación
En vigor desde 17 dic 2019
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
El presente Reglamento completa las normas sobre concienciación, preparación y control de las enfermedades que deben aplicarse con respecto a las enfermedades de la lista a las que se refiere el artículo 9, apartado 1), letras a), b) y c), del Reglamento (UE) 2016/429.
Dichas normas abarcan los siguientes aspectos:
a)
la parte II se refiere a los animales terrestres en cautividad y silvestres, y en concreto:
i)
el capítulo I establece normas complementarias relativas a las medidas de control de enfermedades en caso de sospecha y confirmación oficial de una enfermedad de categoría A en animales en cautividad de conformidad con los artículos 53, 54, 55, 58 y 63 del Reglamento (UE) 2016/429,
ii)
el capítulo II establece normas complementarias relativas al establecimiento de zonas restringidas en caso de confirmación oficial de una enfermedad de categoría A en animales en cautividad de conformidad con los artículos 64 y 67 del Reglamento (UE) 2016/429,
iii)
el capítulo III establece normas complementarias relativas a la repoblación de la zona restringida con animales en cautividad en caso de confirmación oficial de una enfermedad de categoría A de conformidad con los artículos 63 y 68 del Reglamento (UE) 2016/429,
iv)
el capítulo IV establece normas complementarias relativas a las medidas de control de enfermedades en caso de sospecha y confirmación oficial de una enfermedad de categoría A en animales silvestres de conformidad con el artículo 70 del Reglamento (UE) 2016/429,
v)
el capítulo V establece normas complementarias relativas a las medidas de control de enfermedades en caso de sospecha y confirmación oficial de enfermedades de categoría B y C en animales terrestres de conformidad con los artículos 74 y 77 del Reglamento (UE) 2016/429;
b)
la parte III se refiere a los animales acuáticos en cautividad y silvestres, y en concreto:
i)
el capítulo I establece normas complementarias relativas a las medidas de control de enfermedades en caso de sospecha y confirmación oficial de una enfermedad de categoría A en animales acuáticos de conformidad con los artículos 53, 54, 55, 58 y 63 del Reglamento (UE) 2016/429,
ii)
el capítulo II establece normas complementarias relativas al establecimiento de zonas restringidas en caso de confirmación oficial de una enfermedad de categoría A en animales de acuicultura de conformidad con los artículos 64 y 67 del Reglamento (UE) 2016/429,
iii)
el capítulo III establece normas complementarias relativas a las medidas de control de enfermedades en caso de sospecha y confirmación oficial de una enfermedad de categoría A en animales acuáticos silvestres de conformidad con el artículo 70 del Reglamento (UE) 2016/429,
iv)
el capítulo IV establece normas complementarias relativas a las medidas de control de enfermedades en caso de sospecha y confirmación oficial de enfermedades de categoría B y C en animales acuáticos de conformidad con los artículos 74 y 77 del Reglamento (UE) 2016/429;
c)
la parte IV contiene las disposiciones finales.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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