Art. 3 · Conceptos estadísticos y descripción de las variables

Art. 3

Conceptos estadísticos y descripción de las variables

En vigor desde 16 dic 2019
Artículo 3 Conceptos estadísticos y descripción de las variables 1.   Los Estados miembros utilizarán los conceptos estadísticos establecidos en el anexo I. 2.   Las características técnicas de las variables serán las establecidas en el anexo II y se referirán a lo siguiente: a) el identificador de la variable; b) el nombre de la variable; c) la etiqueta y el código de la modalidad; d) la unidad de recogida; e) el modo de recogida; f) el período de referencia. 3.   Las variables para las que no se permiten valores ausentes y para las que se imputarán los datos serán las señaladas en el anexo II. 4.   Todos los datos personales y los de los hogares deberán poder asociarse durante toda la duración del panel, tanto en lo que respecta a la información transversal como a la información longitudinal.
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