Art. 6 · Fuentes y métodos

Art. 6

Fuentes y métodos

En vigor desde 16 dic 2019
Artículo 6 Fuentes y métodos 1.   A más tardar el 19 de julio de 2020, los Estados miembros que hayan elegido presentar estimaciones mensuales de desempleo [opción 3] o cifras mensuales de desempleo [opción 2] transmitirán a la Comisión (Eurostat) una descripción de las fuentes y los métodos utilizados para la elaboración de dichas estimaciones o cifras. 2.   Los Estados miembros que hayan elegido presentar estadísticas mensuales de desempleo [opción 1] solo transmitirán una descripción de los métodos utilizados para la derivación de las estadísticas mensuales a partir de los datos trimestrales recogidos en el ámbito de la población activa con arreglo al Reglamento (UE) 2019/1700. 3.   Los Estados miembros informarán a la Comisión (Eurostat) dos meses antes de aplicar cualquier modificación en la descripción facilitada de conformidad con el apartado 1 o 2, y transmitirán la documentación actualizada a más tardar seis meses después de la aplicación de los cambios. 4.   Los Estados miembros incluirán, en cada transmisión mensual, información sobre posibles interrupciones en las series, así como sobre otros eventos especiales, que puedan afectar a la comparabilidad a lo largo del tiempo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2019:2241:oj#art-6