Art. 11
Lista de vegetales, productos vegetales y otros objetos, junto con los terceros países de origen o de expedición respectivos, para los que se exigen certificados fitosanitarios
En vigor desde 28 nov 2019
Artículo 11
Lista de vegetales, productos vegetales y otros objetos, junto con los terceros países de origen o de expedición respectivos, para los que se exigen certificados fitosanitarios
1. En la parte A del anexo XI del presente Reglamento figura la lista de los vegetales, productos vegetales y otros objetos, así como de los terceros países de origen o de expedición respectivos, para cuya introducción en el territorio de la Unión se exige certificado fitosanitario, contemplada en el artículo 72, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/2031.
2. La lista de los vegetales objeto de la excepción del certificado fitosanitario establecida en el artículo 73, párrafo segundo, del Reglamento (UE) 2016/2031 figura en la parte C del anexo XI del presente Reglamento.
3. Todos los vegetales distintos de los contemplados en los apartados 1 y 2 solo se introducirán en la Unión si van acompañados de un certificado fitosanitario de conformidad con el artículo 73, párrafo primero, del Reglamento (UE) 2016/2031. Los códigos NC disponibles de esos vegetales figuran en la parte B del anexo XI del presente Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2019:2072:oj#art-11