Art. 26
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 27 nov 2019
Artículo 26
Entrada en vigor y aplicación
1. El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
2. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2021.
3. No obstante, el artículo 5, apartados 2, 3 y 4, y los artículos 11 a 15 serán aplicables a partir del 1 de enero de 2022.
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