Art. 12 · Revisión de la información divulgada

Art. 12

Revisión de la información divulgada

En vigor desde 27 nov 2019
Artículo 12 Revisión de la información divulgada 1.   Los participantes en los mercados financieros velarán por que se mantenga actualizada la información publicada de conformidad con los artículos 3, 5 o 10. En caso de que un participante en los mercados financieros modifique dicha información, se deberá publicar una explicación clara de dicha modificación en el mismo sitio web. 2.   El apartado 1 se aplicará mutatis mutandis a los asesores financieros con respecto a cualquier información publicada de conformidad con los artículos 3 y 5.
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