Art. 26 · Cálculo de K-TCD

Art. 26

Cálculo de K-TCD

En vigor desde 27 nov 2019
Artículo 26 Cálculo de K-TCD A efectos del cálculo de K-TCD, el requisito de fondos propios se determinará mediante la fórmula siguiente: Requisito de fondos propios=α • EV • RF • CVA donde: α = 1,2; EV = valor de exposición calculado con arreglo al artículo 27; RF = factor de riesgo definido por tipo de contraparte con arreglo al cuadro 2, y CVA = ajuste de valoración del crédito calculado con arreglo al artículo 32. Cuadro 2 Tipo de contraparte Factor de riesgo Gobiernos centrales, bancos centrales y entes del sector público Entidades 1,6 % Entidades de crédito y empresas de servicios de inversión 1,6 % Otras contrapartes 8 %
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