Art. 22
Cálculo de K-NPR
En vigor desde 27 nov 2019
Artículo 22
Cálculo de K-NPR
A efectos del cálculo de K-NPR, el requisito de fondos propios frente a las posiciones de la cartera de negociación de una empresa de servicios de inversión que negocie por cuenta propia, ya sea para sí misma o para un cliente, se calculará mediante uno de los métodos siguientes:
a)
el método estándar establecido en la parte tercera, título IV, capítulos 2, 3 y 4, del Reglamento (UE) n.o 575/2013;
b)
el método estándar alternativo establecido en la parte tercera, título IV, capítulo 1 bis, del Reglamento (UE) n.o 575/2013;
c)
el método de modelos internos alternativos establecido en la parte tercera, título IV, capítulo 1 ter, del Reglamento (UE) n.o 575/2013.
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