Art. 3 · Controles oficiales de los animales y mercancías enumerados en el anexo I

Art. 3

Controles oficiales de los animales y mercancías enumerados en el anexo I

En vigor desde 18 nov 2019
Artículo 3 Controles oficiales de los animales y mercancías enumerados en el anexo I Los animales y mercancías enumerados en el anexo I del presente Reglamento estarán sujetos a controles oficiales en los puestos de control fronterizos de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/625.
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