Art. 8 · Ciclo de política estratégica plurianual para la gestión europea integrada de las fronteras

Art. 8

Ciclo de política estratégica plurianual para la gestión europea integrada de las fronteras

En vigor desde 13 nov 2019
Artículo 8 Ciclo de política estratégica plurianual para la gestión europea integrada de las fronteras 1.   La Comisión y la Guardia Europea de Fronteras y Costas garantizarán la efectividad de la gestión europea integrada de las fronteras a través de un ciclo de política estratégica plurianual que se adopte de conformidad con el procedimiento previsto en el apartado 4. 2.   La política estratégica plurianual para la gestión europea integrada de las fronteras establecerá el modo de abordar los retos en el ámbito de la gestión de las fronteras y el retorno de forma coherente, integrada y sistemática. Establecerá las prioridades políticas y las orientaciones estratégicas para un período de cinco años en relación con los elementos establecidos en el artículo 3. 3.   El ciclo de la política estratégica plurianual para la gestión europea integrada de las fronteras constará de cuatro fases, conforme a lo establecido en los apartados 4 a 7. 4.   Sobre la base del análisis estratégico de riesgos para la gestión europea integrada de las fronteras a que se refiere el artículo 29, apartado 2, la Comisión preparará un documento político que desarrolle una política estratégica plurianual para la gestión europea integrada de las fronteras. La Comisión presentará este documento político al Parlamento Europeo y al Consejo para debate. Tras este debate, la Comisión adoptará una comunicación que establezca la política estratégica plurianual para la gestión europea integrada de las fronteras. 5.   A fin de aplicar la política estratégica plurianual para la gestión europea integrada de las fronteras, la Agencia elaborará, mediante decisión del consejo de administración a propuesta del director ejecutivo preparada en estrecha cooperación con los Estados miembros y la Comisión, una estrategia técnica y operativa para la gestión europea integrada de las fronteras. La Agencia tendrá en cuenta, cuando esté justificado, la situación específica de los Estados miembros, en particular su localización geográfica. Esta estrategia técnica y operativa será conforme con el artículo 3 y con la política estratégica plurianual para la gestión europea integrada de las fronteras. Promoverá y apoyará la aplicación de la gestión europea integrada de las fronteras en todos los Estados miembros. 6.   A fin de aplicar la política estratégica plurianual para la gestión europea integrada de las fronteras, los Estados miembros establecerán sus estrategias nacionales para la gestión europea integrada de las fronteras mediante una estrecha cooperación entre todas las autoridades nacionales responsables de la gestión de las fronteras exteriores y el retorno. Dichas estrategias nacionales serán conformes con el artículo 3, la política estratégica plurianual para la gestión europea integrada de las fronteras y la estrategia técnica y operativa. 7.   Al cabo de cuatro años tras la adopción de la política estratégica plurianual para la gestión europea integrada de las fronteras, la Comisión llevará a cabo una evaluación completa de su ejecución. Los resultados de la evaluación se tendrán en cuenta para la preparación del ciclo siguiente de política estratégica plurianual. Los Estados miembros y la Agencia facilitarán puntualmente la información necesaria a la Comisión para que esta pueda llevar a cabo dicha evaluación. La Comisión comunicará los resultados de esa evaluación al Parlamento Europeo y al Consejo. 8.   Cuando la situación en las fronteras exteriores o en el ámbito del retorno requiera un cambio de las prioridades políticas, la Comisión modificará la política estratégica plurianual para la gestión europea integrada de las fronteras o las partes relevantes de la misma de conformidad con el procedimiento establecido en el apartado 4. Cuando la Comisión modifique la política estratégica plurianual conforme a lo dispuesto en el párrafo primero, la estrategia técnica y operativa y las estrategias nacionales se adaptarán en caso necesario.
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