Art. 1
Plantillas para notificación STS
En vigor desde 12 nov 2019
Artículo 1
Plantillas para notificación STS
1. La información a que se refiere el artículo 1, apartado 1, letra a), y apartado 2, letra a), del Reglamento Delegado (UE) 2020/1226 de la Comisión (3) se facilitará mediante la plantilla que figura en el anexo I del presente Reglamento.
2. La información a que se refiere el artículo 1, apartado 1, letra b), y apartado 2, letra b), del Reglamento Delegado (UE) 2020/1226 se facilitará mediante la plantilla que figura en el anexo II del presente Reglamento.
3. La información a que se refiere el artículo 1, apartado 1, letra c), y apartado 2, letra c), del Reglamento Delegado (UE) 2020/1226 se facilitará mediante la plantilla que figura en el anexo III del presente Reglamento.
4. Cuando la información que debe facilitarse con arreglo al presente artículo no esté disponible o no sea necesaria debido a la aplicación de las disposiciones transitorias establecidas en el artículo 43 del Reglamento (UE) 2017/2402, se indicará en la notificación «No procede debido a la aplicación de disposiciones transitorias» en el correspondiente campo o campos de los anexos del presente Reglamento.
5. La información a que se refiere el presente artículo se presentará en forma electrónica y legible por máquina.
6. La «información adicional» a que se refiere el artículo 2 del Reglamento Delegado (UE) 2020/1226 se incluirá en el campo «Casilla a cumplimentar» de los anexos I a III del presente Reglamento.
Historial de versiones
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