Art. 41
Modificaciones del Reglamento (CE) n.o 798/2008
En vigor desde 10 oct 2019
Artículo 41
Modificaciones del Reglamento (CE) n.o 798/2008
El artículo 18 del Reglamento (CE) n.o 798/2008 se modifica como sigue:
1)
en el apartado 1 se suprimen las letras b), c) y d);
2)
en el apartado 2 se suprimen las letras b), c) y d);
3)
se suprimen los apartados 3 y 4.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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