Art. 24 · Derogación

Art. 24

Derogación

En vigor desde 10 oct 2019
Artículo 24 Derogación 1.   Quedan derogados los Reglamentos (CE) n.o 577/98 y (CE) n.o 1177/2003 con efectos a partir del 31 de diciembre de 2020, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en dichos Reglamentos sobre la transmisión de datos y metadatos, incluidos los informes de calidad, por lo que respecta a los períodos de referencia anteriores, total o parcialmente, a dicha fecha. 2.   Las referencias a los Reglamentos derogados se considerarán hechas al presente Reglamento.
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