Art. 2 · Corrección del Reglamento (CE) n.o 1272/2008

Art. 2

Corrección del Reglamento (CE) n.o 1272/2008

En vigor desde 4 oct 2019
Artículo 2 Corrección del Reglamento (CE) n.o 1272/2008 El anexo VI del Reglamento (CE) n.o 1272/2008 se corrige con arreglo a lo dispuesto en el anexo IV del presente Reglamento.
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