Art. 2

Art. 2

En vigor desde 2 oct 2019
Artículo 2 La protección concedida en virtud del artículo 1 está sujeta al período transitorio concedido por Francia en virtud del artículo 15, apartado 4, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 a los operadores que cumplan las condiciones de dicho artículo, de conformidad con los Decretos de 12 de septiembre de 2017 y de 30 de agosto de 2018, relativos a la modificación de los pliegos de condiciones de las denominaciones de origen protegidas «Beurre d’Isigny» y «Crème d’Isigny», publicados el 20 de septiembre de 2017 y el 6 de septiembre de 2018, respectivamente, en el Diario Oficial de la República Francesa.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2019:1683:oj#art-2