Art. 2
Definiciones
En vigor desde 1 oct 2019
Artículo 2
Definiciones
1.
«Panel flamenco»: la última sección cónica de una red de arrastre de vara,
—
cuya parte posterior está directamente unida al copo,
—
cuyos paños superior e inferior están construidos con malla de al menos 120 mm medidos entre los nudos y
—
cuya longitud estirada es de al menos 3 m.
2.
«Panel Seltra»: dispositivo de selectividad
a)
consistente en un panel superior de un tamaño de malla de al menos 270 mm (malla romboidal) o en un panel superior de un tamaño de malla de al menos 300 mm (malla cuadrada), colocado en una sección de caja de cuatro paneles, en la sección recta del copo;
b)
que tenga al menos 3 metros de longitud;
c)
que esté colocado a no más de 4 metros de la línea de saco, y
d)
que ocupe toda la anchura del paño superior de la sección de caja de la red de arrastre (es decir, de costadillo a costadillo).
3. «Dispositivo de selectividad Netgrid»: un dispositivo de selectividad consistente en una sección de cuatro paneles insertados en una red de arrastre de dos paneles con un paño inclinado de mallas romboidales con un tamaño de malla de al menos 200 mm, que conduce a un orificio de escape en la parte dorsal de la red.
4. «Netgrid del CEFAS»: dispositivo de selectividad Netgrid desarrollado por el Centre for Environment, Fisheries and Aquaculture Science para las capturas de cigala en el mar de Irlanda.
5. «Red de arrastre de vaivén» (flip-flap trawl): red de arrastre equipada con un paño de rejilla diseñado para reducir la captura de bacalao, eglefino y merlán en las pesquerías de cigala.
6. «Cabo antipiedras» (flip-up rope): modificación del arte en las redes de arrastre de vara demersales que contribuye a impedir que piedras y rocas entren en la red y provoquen daños tanto al arte como a las capturas.
7. «Panel de liberación del bentos»: panel con un paño de malla más ancha o una malla cuadrada que se instala en el panel inferior de una red de arrastre, normalmente una red de arrastre de vara, para liberar todo el material bentónico y restos del lecho marino antes de que pase al copo.
8. «Zona de protección del mar Céltico»: las aguas de las divisiones 7f y 7g del CIEM y la parte de la división 7j al norte de la latitud 50° N y al este de la longitud 11° O.
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