Art. 6
Exención relativa a la capacidad de supervivencia para las capturas y las capturas accesorias de solla
En vigor desde 1 oct 2019
Artículo 6
Exención relativa a la capacidad de supervivencia para las capturas y las capturas accesorias de solla
1. La exención relativa a la capacidad de supervivencia contemplada en el artículo 15, apartado 4, letra b), del Reglamento (UE) n.o 1380/2013 se aplicará en las aguas de la Unión de la división 3a y la subzona 4 del CIEM a:
a)
la solla (Pleuronectes platessa) capturada con redes (GNS, GTR, GTN, GEN);
b)
la solla capturada con redes de tiro danesas;
c)
la solla capturada con redes de arrastre de fondo (OTB, PTB) con un tamaño de malla de al menos 120 mm en las pesquerías de pez plano y pez redondo.
2. La exención relativa a la capacidad de supervivencia contemplada en el artículo 15, apartado 4, letra b), del Reglamento (UE) n.o 1380/2013 se aplicará a:
a)
la solla capturada con redes de arrastre (OTB, PTB) con un tamaño de malla de 90 a 99 mm como mínimo y equipadas con un panel Seltra en la pesquería de pez plano o pez redondo efectuada en las aguas de la Unión de la división 3a del CIEM;
b)
la solla capturada con redes de arrastre (OTB, PTB) con un tamaño de malla de 80 a 99 mm como mínimo en la pesquería de pez plano o pez redondo efectuada en las aguas de la Unión de la subzona 4 del CIEM.
3. Cuando se descarte solla capturada en los casos a que se refieren los apartados 1 y 2, se liberará inmediatamente.
4. La exención prevista en el apartado 1, letra c), será aplicable con carácter provisional hasta el 31 de diciembre de 2020. Los Estados miembros que tengan un interés directo de gestión presentarán lo antes posible y a más tardar el 1 de mayo de 2020, información científica adicional en apoyo de la exención establecida en el apartado 1, letra c). El Comité Científico, Técnico y Económico de la Pesca (CCTEP) evaluará la información científica facilitada a más tardar el 31 de julio de 2020.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_del:2019:2238:oj#art-6