Art. 2
Definiciones
En vigor desde 1 oct 2019
Artículo 2
Definiciones
A efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
1)
«red eléctrica»: un suministro eléctrico procedente de la red de 230 (± 10 %) voltios de corriente alterna a 50 Hz;
2)
«lavadora automática», una lavadora que realiza todo el tratamiento de la carga sin necesidad de que el usuario intervenga en ninguna fase del programa;
3)
«lavadora doméstica»: una lavadora automática que lava y aclara la ropa del hogar utilizando agua y procedimientos químicos, mecánicos y térmicos, que tiene también una función de centrifugado, y que, según la declaración de conformidad emitida por su fabricante, se ajusta a la Directiva 2014/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (14) o a la Directiva 2014/53/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (15).
4)
«lavadora-secadora doméstica», una lavadora doméstica que, además de realizar las funciones de una lavadora automática, en el mismo tambor incluye un sistema para secar los tejidos mediante aire caliente y giro del tambor, y respecto de la que el fabricante declara, a través de la declaración de conformidad, que se ajusta a lo dispuesto en la Directiva 2014/35/UE o la Directiva 2014/53/UE;
5)
«lavadora doméstica encastrable»: una lavadora doméstica diseñada, ensayada y comercializada exclusivamente:
a)
para ser instalada en un mueble o revestida de paneles (por arriba y/o abajo y por los lados);
b)
para estar fijada sólidamente al mueble o los paneles por los lados, por arriba o por el suelo; y
c)
para ir equipada con una cobertura frontal integral de fábrica o con un panel frontal a medida;
6)
«lavadora-secadora doméstica encastrable»: una lavadora-secadora doméstica diseñada, ensayada y comercializada exclusivamente:
a)
para ser instalada en un mueble o revestida de paneles (por arriba y/o abajo y por los lados);
b)
para estar fijada sólidamente al mueble o los paneles por los lados, por arriba o por el suelo; y
c)
para ir equipada con una cobertura frontal integral de fábrica o con un panel frontal a medida;
7)
«lavadora doméstica con más de un tambor»: una lavadora doméstica equipada con más de un tambor, ya sea en unidades separadas o en la misma carcasa;
8)
«lavadora-secadora doméstica con más de un tambor»: una lavadora-secadora doméstica equipada con más de un tambor, ya sea en unidades separadas o en la misma carcasa;
9)
«modelo equivalente»: un modelo que posee las mismas características técnicas pertinentes para la información técnica que debe proporcionarse, pero que es introducido en el mercado o puesto en servicio por el mismo fabricante, importador o representante autorizado como un modelo distinto con un identificador del modelo diferente;
10)
«identificador del modelo»: un código, por lo general alfanumérico, que distingue un modelo de producto específico de otros modelos con la misma marca o el mismo nombre de fabricante, de importador o de representante autorizado;
11)
«base de datos de los productos»: una recopilación de datos relativos a los productos dispuestos de manera sistemática y que consta de una parte pública orientada al consumidor, en la que la información relativa a los parámetros de cada producto es accesible por medios electrónicos, un portal en línea para la accesibilidad y una parte de cumplimiento, con unos requisitos de accesibilidad y de seguridad especificados claramente, tal como establece el Reglamento (UE) 2017/1369;
12)
«eco 40-60»: el nombre del programa que, según declaran el fabricante, el importador o el representante autorizado, permite limpiar, juntas en el mismo ciclo de lavado, prendas de algodón lavables a 40 °C o a 60 °C con un grado de suciedad normal, y al que se refieren los requisitos de diseño ecológico en materia de eficiencia energética, eficiencia del lavado, eficacia del aclarado, duración de programa y consumo de agua;
13)
«programa»: una serie de operaciones predefinidas que, según declaran el fabricante, el importador o el representante autorizado, es adecuada para el lavado, el secado o el lavado y el secado de forma continuada de determinados tipos de tejidos;
14)
«ciclo de lavado»: un proceso completo de lavado, definido por el programa seleccionado, consistente en una serie de operaciones como el lavado, el aclarado y el centrifugado.
A efecto de los anexos, figuran en el anexo I definiciones adicionales.
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