Art. 7
Parámetros de referencia indicativos
En vigor desde 1 oct 2019
Artículo 7
Parámetros de referencia indicativos
En el anexo V se establecen los parámetros de referencia indicativos correspondientes a los productos y las tecnologías más eficientes disponibles en el mercado en el momento de la adopción del presente Reglamento.
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