Art. 1

Art. 1

En vigor desde 3 jul 2019
Artículo 1 En el artículo 18 del Reglamento Delegado (UE) 2017/653, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente: «El artículo 14, apartado 2, será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2021.».
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