Art. 9 · Entrada en vigor y aplicación

Art. 9

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 2 jul 2019
Artículo 9 Entrada en vigor y aplicación El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable una vez transcurridos cuatro meses desde la fecha de su publicación.
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