Art. 5
Conversión de la separación legal en divorcio
En vigor desde 25 jun 2019
Artículo 5
Conversión de la separación legal en divorcio
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3, un órgano jurisdiccional del Estado miembro que hubiere dictado una resolución acordando una separación legal será asimismo competente para convertir dicha separación legal en divorcio, si la ley de dicho Estado miembro lo prevé.
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