Art. 39
Derogaciones
En vigor desde 20 jun 2019
Artículo 39
Derogaciones
Quedan derogados los Reglamentos (CE) n.o 894/97, (CE) n.o 850/98, (CE) n.o 2549/2000, (CE) n.o 254/2002, (CE) n.o 812/2004 y (CE) n.o 2187/2005.
Las referencias a los Reglamentos derogados se entenderán hechas al presente Reglamento.
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