Art. 36 · Modificación del Reglamento (UE) 2018/973

Art. 36

Modificación del Reglamento (UE) 2018/973

En vigor desde 20 jun 2019
Artículo 36 Modificación del Reglamento (UE) 2018/973 En el Reglamento (UE) 2018/973, el artículo 9 se modifica como sigue: a) en el apartado 1, la parte introductoria se sustituye por el texto siguiente: «1.   La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 16 del presente Reglamento y al artículo 18 del Reglamento (UE) n.o 1380/2013 que completen el presente Reglamento mediante las siguientes medidas técnicas, siempre que no entren en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2019/1241 del Parlamento Europeo y del Consejo (*2): (*2)  Reglamento (UE) 2019/1241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre la conservación de los recursos pesqueros y la protección de los ecosistemas marinos con medidas técnicas, y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 1967/2006 y (CE) n.o 1224/2009 del Consejo y los Reglamentos (UE) n.o 1380/2013, (UE) 2016/1139, (UE) 2018/973, (UE) 2019/472 y (UE) 2019/1022 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 894/97, (CE) n.o 850/98, (CE) n.o 2549/2000, (CE) n.o 254/2002, (CE) n.o 812/2004 y (CE) n.o 2187/2005 del Consejo (DO L 198, de 25.7.2019, p. 105).»;" b) el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente: «2.   Las medidas a que se refiere el apartado 1 del presente artículo contribuirán a la consecución de los objetivos establecidos en el artículo 3 del presente Reglamento y serán conformes con el artículo 15, apartado 4, del Reglamento (UE) 2019/1241.».
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