Art. 32 · Contratos de PEPP que cubren riesgos biométricos

Art. 32

Contratos de PEPP que cubren riesgos biométricos

En vigor desde 20 jun 2019
Artículo 32 Contratos de PEPP que cubren riesgos biométricos Cuando el documento de datos fundamentales se refiera a un contrato de PEPP que cubra riesgos biométricos, las obligaciones del promotor de PEPP en virtud de esta sección tendrán efecto únicamente hacia el ahorrador en PEPP.
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