Art. 3 · Entrada en vigor

Art. 3

Entrada en vigor

En vigor desde 20 jun 2019
Artículo 3 Entrada en vigor 1.   El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. 2.   Será aplicable a partir del 2 de febrero de 2020.
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