Art. 30 · Disposición general

Art. 30

Disposición general

En vigor desde 20 jun 2019
Artículo 30 Disposición general Serán aplicables al personal de la Autoridad el Estatuto de los funcionarios y el Régimen aplicable a otros agentes, y las normas adoptadas de común acuerdo entre las instituciones de la Unión para dar efecto al Estatuto de los funcionarios y al Régimen aplicable a otros agentes.
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