Art. 12 · Tareas de la ACER en relación con la integridad y la transparencia del mercado mayorista

Art. 12

Tareas de la ACER en relación con la integridad y la transparencia del mercado mayorista

En vigor desde 5 jun 2019
Artículo 12 Tareas de la ACER en relación con la integridad y la transparencia del mercado mayorista Con el fin de controlar eficazmente la integridad y la transparencia del mercado mayorista, la ACER, en estrecha cooperación con las autoridades reguladoras y otras autoridades, deberá: a) supervisar los mercados mayoristas, recoger y compartir datos y establecer un registro europeo de participantes en el mercado de conformidad con los artículos 7 a 12 del Reglamento (UE) n.o 1227/2011; b) emitir recomendaciones a la Comisión con arreglo al artículo 7 del Reglamento (UE) n.o 1227/2011; c) coordinar las investigaciones contempladas en el artículo 16, apartado 4, del Reglamento (UE) n.o 1227/2011.
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