Art. 10
Normas y procedimientos aplicables a la aeronavegabilidad de UAS
En vigor desde 24 may 2019
Artículo 10
Normas y procedimientos aplicables a la aeronavegabilidad de UAS
Salvo que sean de construcción privada, se utilicen para las operaciones mencionadas en el artículo 16 o cumplan las condiciones especificadas en el artículo 20, los UAS utilizados en las operaciones establecidas en el presente Reglamento deberán cumplir los requisitos técnicos y las normas y los procedimientos relativos a la aeronavegabilidad definidos en los actos delegados adoptados con arreglo al artículo 58 del Reglamento (UE) 2018/1139.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2019:947:oj#art-10