Art. 14 · Uso de fijaciones y marcado de los artes de pesca

Art. 14

Uso de fijaciones y marcado de los artes de pesca

En vigor desde 20 may 2019
Artículo 14 Uso de fijaciones y marcado de los artes de pesca 1.   Podrán utilizarse barretas, estrobos del copo y copos flotantes en las redes de arrastre, a condición de que dichas fijaciones no reduzcan el tamaño de las mallas autorizadas ni obstruyan su abertura. 2.   Ningún buque podrá utilizar procedimientos o dispositivos que obstruyan las mallas o reduzcan su tamaño. No obstante, los buques podrán fijar los dispositivos descritos en el anexo III.B: «Authorized Topside Chafers/Shrimp Toggle Chains» (Parpallas/Intercaladores con cadenas autorizados para la pesca de gambas) de las MCC a que se refiere el punto 12 del anexo del presente Reglamento, en la parte superior del copo de manera que no obstruyan las mallas de este, incluida(s) la(s) manga(s). Podrán atarse paños de trampa, redes u otros materiales bajo el copo de la red solo en la medida necesaria para prevenir o minimizar los daños al copo. 3.   Los buques dedicados a la pesca de gamba nórdica en las divisiones 3L o 3M utilizarán rejillas separadoras con una separación máxima entre las barras de 22 mm. Los buques dedicados a la pesca de gamba nórdica en la división 3L también irán equipados con intercaladores con cadenas de un mínimo de 72 cm de longitud, medidas con arreglo al anexo III.B de las MCC a que se refiere el punto 12 del anexo del presente Reglamento. 4.   Cuando se pesque en las zonas definidas en el artículo 18, apartado 1, podrán utilizarse únicamente artes de arrastre pelágico. 5.   Ningún buque de pesca: a) utilizará artes que no estén marcados con normas internacionales generalmente aceptadas, en particular el Convenio de 1967 sobre el Ejercicio de las Operaciones de Pesca en el Atlántico Norte, ni b) desplegará en la superficie boyas de señalización u otros objetos flotantes similares con la intención de indicar la localización de artes de pesca fijos sin indicar el número de matrícula del buque.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2019:833:oj#art-14