Art. 58
Responsabilidades de la unidad central SEIAV
En vigor desde 20 may 2019
Artículo 58
Responsabilidades de la unidad central SEIAV
La unidad central SEIAV será responsable de:
a)
la verificación manual de identidades diferentes contemplada en el artículo 29;
b)
la detección de identidades múltiples entre los datos almacenados en el SES, el VIS, Eurodac y el SIS, contemplada en el artículo 65.
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