Art. 58 · Responsabilidades de la unidad central SEIAV

Art. 58

Responsabilidades de la unidad central SEIAV

En vigor desde 20 may 2019
Artículo 58 Responsabilidades de la unidad central SEIAV La unidad central SEIAV será responsable de: a) la verificación manual de identidades diferentes contemplada en el artículo 29; b) la detección de identidades múltiples entre los datos almacenados en el SES, el VIS, Eurodac y el SIS, contemplada en el artículo 65.
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