Art. 14
Búsqueda de datos biométricos con el servicio de correspondencia biométrica compartido
En vigor desde 20 may 2019
Artículo 14
Búsqueda de datos biométricos con el servicio de correspondencia biométrica compartido
A fin de buscar los datos biométricos almacenados en el RCDI y el SIS, estos utilizarán las plantillas biométricas almacenadas en el SCB compartido. Las consultas con datos biométricos tendrán lugar de conformidad con los fines previstos en el presente Reglamento y en los Reglamentos (CE) n.o 767/2008, (UE) 2017/2226, (UE) 2018/1860, (UE) 2018/1861, (UE) 2018/1862 y (UE) 2019/816.
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