Art. 77
Manual práctico
En vigor desde 20 may 2019
Artículo 77
Manual práctico
La Comisión, en estrecha cooperación con los Estados miembros, eu-LISA y otras agencias pertinentes de la Unión, publicará un manual práctico de aplicación y gestión de los componentes de interoperabilidad. El manual práctico proporcionará orientaciones técnicas y operativas, recomendaciones y mejores prácticas. La Comisión adoptará el manual práctico en forma de recomendación.
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