Art. 26 · Acceso al detector de identidades múltiples

Art. 26

Acceso al detector de identidades múltiples

En vigor desde 20 may 2019
Artículo 26 Acceso al detector de identidades múltiples 1.   A los efectos de la verificación manual de las identidades diferentes a que se refiere el artículo 29, se concederá el acceso a los datos contemplados en el artículo 34 almacenados en el DIM a: a) las autoridades competentes designadas de acuerdo con el artículo 9, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 2017/2226 cuando creen o actualicen un expediente individual en el VIS de conformidad con el artículo 14 de dicho Reglamento; b) las autoridades de visados a que se refiere el artículo 6, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 767/2008 cuando creen o actualicen un expediente individual en el VIS de conformidad con dicho Reglamento; c) la unidad central SEIAV y las unidades nacionales SEIAV, cuando lleven a cabo el tratamiento a que se refieren los artículos 22 y 26 de dicho Reglamento; d) la oficina SIRENE del Estado miembro que cree o actualice una descripción en el SIS de conformidad con los Reglamentos (UE) 2018/1861 y (UE) 2018/1861; 2.   Las autoridades de los Estados miembros y las agencias de la Unión que tengan acceso a, como mínimo, un sistema de información de la UE incluido en el RDCI o al SIS tendrán acceso a los datos a que se refiere el artículo 34, letras a) y b), en lo relativo a los vínculos rojos según lo dispuesto en el artículo 32. 3.   Las autoridades de los Estados miembros y las agencias de la Unión tendrán acceso a los vínculos blancos mencionados en el artículo 33 cuando tengan acceso a los dos sistemas de información de la UE que contengan los datos entre los que se haya establecido el vínculo blanco. 4.   Las autoridades de los Estados miembros y las agencias de la Unión tendrán acceso a los vínculos verdes a que se refiere el artículo 31 cuando tengan acceso a los dos sistemas de información de la UE que contengan los datos entre los que se haya establecido el vínculo verde y una consulta de dichos sistemas de información haya revelado una correspondencia con los dos conjuntos de datos relacionados.
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