Art. 18
Votaciones en el Consejo de Administración
En vigor desde 17 abr 2019
Artículo 18
Votaciones en el Consejo de Administración
1. El Consejo de Administración tomará sus decisiones por mayoría de sus miembros.
2. Se requerirá una mayoría de dos tercios de todos los miembros del Consejo de Administración para aprobar el documento único de programación, el presupuesto anual y el nombramiento, prórroga del mandato o cese del director ejecutivo.
3. Cada miembro dispondrá de un voto. En ausencia de un miembro, su suplente podrá ejercer el derecho a voto del miembro.
4. El presidente del Consejo de Administración participará en las votaciones.
5. El director ejecutivo no participará en las votaciones.
6. El reglamento interno del Consejo de Administración establecerá de manera más pormenorizada el régimen de votación, en particular las condiciones en las que un miembro puede actuar por cuenta de otro.
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