Art. 15
Acceso del personal autorizado de Eurojust, Europol y la Fiscalía Europea
En vigor desde 17 abr 2019
Artículo 15
Acceso del personal autorizado de Eurojust, Europol y la Fiscalía Europea
Eurojust, Europol y la Fiscalía Europea serán responsables de la gestión y las modalidades de acceso del personal debidamente autorizado al ECRIS-TCN de conformidad con el presente Reglamento; y del establecimiento y la actualización periódica de una lista de dichos miembros del personal y de sus perfiles.
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