Art. 1
Definiciones
En vigor desde 25 mar 2019
Artículo 1
Definiciones
A efectos del presente Reglamento, se aplicarán las definiciones establecidas en el artículo 1 del Reglamento (CE) n.o 883/2004 y en el artículo 1 del Reglamento (CE) n.o 987/2009.
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