Art. 5 · Subvencionabilidad de las operaciones en función de la ubicación

Art. 5

Subvencionabilidad de las operaciones en función de la ubicación

En vigor desde 25 mar 2019
Artículo 5 Subvencionabilidad de las operaciones en función de la ubicación El límite máximo establecido en el artículo 20, apartado 2, letra b), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013 no se aplicará a los programas de cooperación.
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