Art. 9
Funciones de los puntos de contacto de productos
En vigor desde 19 mar 2019
Artículo 9
Funciones de los puntos de contacto de productos
1. Los Estados miembros designarán y mantendrán puntos de contacto de productos en su territorio y se asegurarán de que estos tengan facultades suficientes y cuenten con los recursos adecuados para el correcto ejercicio de sus funciones. Garantizarán que los puntos de contacto de productos presten sus servicios de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1724.
2. Los puntos de contacto de productos facilitarán la información siguiente en línea:
a)
información sobre el principio de reconocimiento mutuo y la aplicación del presente Reglamento en el territorio de su Estado miembro, incluida información sobre el procedimiento establecido en el artículo 5;
b)
los datos de contacto por medio de los cuales se pueda establecer contacto directo con las autoridades competentes de dicho Estado miembro, incluidos los datos de las autoridades encargadas de supervisar la aplicación de las normas técnicas nacionales aplicables en el territorio de su Estado miembro;
c)
las vías de recurso y los procedimientos disponibles en el territorio de su Estado miembro en caso de litigio entre la autoridad competente y un agente económico, incluido el procedimiento establecido en el artículo 8.
3. Cuando resulte necesario para complementar la información facilitada en línea con arreglo al apartado 2, los puntos de contacto de productos proporcionarán, a petición de un agente económico o una autoridad competente de otro Estado miembro, cualquier información útil, como copias electrónicas de las normas técnicas nacionales o acceso en línea a estas y a los procedimientos administrativos nacionales aplicables a mercancías específicas o a mercancías de un tipo específico en el territorio en el que esté establecido el punto de contacto de productos o información sobre si esas mercancías o mercancías de ese tipo están sujetas a autorización previa con arreglo al Derecho nacional.
4. Los puntos de contacto de productos responderán en un plazo de quince días hábiles a partir de la recepción de cualquier solicitud en virtud del apartado 3.
5. Los puntos de contacto de productos facilitarán gratuitamente la información a la que se refiere el apartado 3.
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