Art. 20 · Valores que generan obligaciones de pago o de entrega vinculadas a un activo subyacente

Art. 20

Valores que generan obligaciones de pago o de entrega vinculadas a un activo subyacente

En vigor desde 14 mar 2019
Artículo 20 Valores que generan obligaciones de pago o de entrega vinculadas a un activo subyacente 1.   Para los valores distintos de los mencionados en el artículo 19 que den derecho a suscribir o adquirir acciones que hayan sido emitidas o vayan a ser emitidas por el emisor o por una entidad perteneciente al grupo de este y que estén admitidas a cotización en un mercado regulado, la nota sobre valores contendrá como información adicional la información mencionada en el anexo 17. 2.   Para los valores distintos de los mencionados en el artículo 19 que den derecho a suscribir o adquirir acciones que hayan sido emitidas o vayan a ser emitidas por el emisor o por una entidad perteneciente al grupo de este y que no estén admitidas a cotización en un mercado regulado, la nota sobre valores también contendrá la siguiente información adicional: a) la información mencionada en el anexo 17, con excepción de la información mencionada en el punto 2.2.2 de dicho anexo; b) la información mencionada en el anexo 18 con respecto a la acción subyacente. 3.   Para los valores distintos de los mencionados en el artículo 19 que estén vinculados a un activo subyacente distinto de las acciones mencionadas en los apartados 1 y 2 del presente artículo, la nota sobre valores contendrá como información adicional la información mencionada en el anexo 17.
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