Art. 5 · Participación en la PCF

Art. 5

Participación en la PCF

En vigor desde 14 mar 2019
Artículo 5 Participación en la PCF Todos los ciudadanos de la Unión que posean una cualificación de las enumeradas en el anexo I (2) o estén formándose para obtenerla tendrán derecho a participar en la PCF.
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