Art. 3
Entidades competentes
En vigor desde 14 mar 2019
Artículo 3
Entidades competentes
A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por «entidad competente» toda entidad enumerada en el anexo I. Dichas entidades otorgan cualificaciones que confieren derecho a participar en la PCF de conformidad con el artículo 5.
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