Art. 61 · Derogación

Art. 61

Derogación

En vigor desde 13 mar 2019
Artículo 61 Derogación 1.   Se deroga el Reglamento Delegado (UE) n.o 110/2014, con efecto a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento. No obstante, el artículo 20 y el artículo 31, apartado 4, de dicho Reglamento seguirán siendo aplicables hasta el 31 de diciembre de 2019. 2.   Las referencias al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento y se leerán con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo.
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