Art. 2
Ámbito de aplicación
En vigor desde 12 mar 2019
Artículo 2
Ámbito de aplicación
El presente Reglamento se aplica a los derechos de emisión creados a los efectos del régimen de comercio de derechos de emisión de la Unión Europea (RCDE UE).
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_del:2019:1122:oj#art-2